ESCUCHAS EN EL AIRE 02-02-2017
Hacía
falta que se diera a conocer a la opinión pública la conversación telefónica entre la ex -
presidente de la Nación Cristina Kirchner
y su Jefe de Inteligencia Oscar Parrilli
para que el mes de enero tan
monótono y aburrido como es
saliera de su
habitual parsimonia .
Esta vez (u otra vez) fueron los medios de comunicación los encargados
de despabilar a la gente que en estas
épocas prefiere la siesta al
diario y los programas de chimentos antes que los agrios programas políticos pero aun la
salida al aire de la famosa escucha telefónica tuvo una
repercusión mediática inusitada.
Si lo primero que llamó
la atención fue el lenguaje y los
modos poco corteses utilizados por la ex
presidente hacia uno de los funcionarios
más cercanos de su gestión luego de ser escuchado varias veces
a fuerza de la repetición que hacían los medios por todos los canales , se advirtió que éste era solo un detalle menor frente a
la gravedad de lo que estaba ventilando pues lo
que vislumbraba y se daba a entrever a
través del dialogo era la relación que el Gobierno anterior mantenía
con la Justicia.
Precisamente, en la escucha telefónica judicial Cristina Kirchner se refiere a las posibles causas judiciales "armadas",
aunque luego se rectifica.
"Empezá a buscar todas las causas que le armamos (a Antonio
Stiuso). No que le armamos, que le denunciamos", señaló en un tramo de la
conversación Cristina Kirchner y luego preguntó "¿a quién le armamos
carpetazos nosotros?", a lo que Parrilli responde "a nadie".
Cabe destacar que este
audio dado a conocer hace unos días
es una prueba documental agregada a la causa en la que se investiga al ex Jefe de Inteligencia Oscar Parrilli por
supuesto encubrimiento de Perez Corradi imputado en la causa por el triple crimen de General Rodriguez quien ,como se recordará , se mantuvo prófugo
durante cuatro años .
El juez federal Ariel Lijo ordenó intervenir el teléfono de Parrilli y durante el análisis de las conversaciones
interceptadas, los investigadores se toparon con varias comunicaciones entre el
ex jefe de los espías durante el kirchnerismo y la ex Presidente.
El Código Procesal Penal de la Nación permite a los jueces ordenar la
intervención de comunicaciones telefónicas, según establece el artículo 236.
También pueden obtener los registros que existan de sus comunicaciones
telefónicas. La Ley de Inteligencia Nacional sostiene el mismo principio: las
comunicaciones son inviolables en todo el país, “excepto cuando mediare orden o
dispensa judicial en sentido contrario”
Mención aparte merece el impacto
mediático de esta escucha tanto en los medios de comunicación como en el las redes sociales
por el vocabulario de la presidenta para dirigirse a uno de los miembros de su
equipo que se suma a la conducta sumisa del
interlocutor quien ni se
inmuta frente al destrato que
recibe dando la impresión que en ese círculo la
descalificación gratuita y la
obsecuencia eran moneda corriente.
Pero también hay un aspecto que debe llamarnos a la reflexión pues así
como es indiscutible el deber de la
justicia de investigar con total amplitud aún el de escuchar conversaciones privadas si es necesario para
el esclarecimiento de la causa, cabe el interrogante si los medios de comunicación pueden divulgar en
nombre de la libertad de prensa conversaciones privadas de este tenor .
Si a lo largo de la
semana pasada todos hemos sido sorprendidos por estas escuchas que han dado
lugar ,entre otras cosas , a chistes toda naturaleza también debemos
preguntarnos donde comienza y donde
termina el derecho a la privacidad de las personas pues no ocurre con frecuencia, más allá de las
adhesiones o no que nos genere el anterior gobierno , la divulgación periodística
de conversaciones telefónicas entre funcionarios o ex funcionarios de cualquier gobierno de que se
trate o lo que sería lo mismo preguntarnos si estamos ante el fin de la
privacidad.
Sería preocupante pensar que personas vinculadas con
el Poder Judicial pudieran haber contribuido a la divulgación del material de
una investigación pues se pondría en tela de juicio su imparcialidad.
Según los responsables de los medios de comunicación, la difusión de
una escucha telefónica que fue ordenada por un juez no es, en principio, ilegal
y menos en este caso en particular pues
el diálogo de la ex presidenta y Parrilli trata sobre un tema de interés público que involucra a ex
funcionarios públicos y la conversación está registrada dentro de un expediente
judicial.
Por otro lado La Corte Suprema de Justicia negó que haya habido
"entrega, filtración o divulgación" de las escuchas telefónicas entre
la ex presidenta Cristina Kirchner y el ex director de la AFI Oscar Parrilli
por parte del tribunal.
En una democracia debe regir la
libertad de prensa y del derecho a informar por parte de los medios y también
el derecho de la opinión pública a saber sin limitaciones ni reservas, lo que
hacen los funcionarios públicos mientras se encuentran administrando los bienes
del Estado
No obstante los fines de dar claridad a la actividad periodística sería bueno establecer cuáles son los límites de los medios de
comunicación en la divulgación de
escuchas telefónicas y /o videos para no ser considerados invasivos de la privacidad de las personas. Siempre
privilegiando un principio
básico de que el derecho de uno
termina cuando comienza el derecho de los demás.
María Cecilia Repetto
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